Derogación de Resolución Ministerial Conjunta MI 118/2012 

Con fecha 18 de marzo de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta 1/2026 (Ministerios de Salud y Economía, junto con el INPI), que deroga formalmente la Resolución Ministerial Conjunta MI 118/2012 que imponía directrices específicas para la evaluación de invenciones químico-farmacéuticas.

Puntos clave de la nueva normativa:

✅ Derogación de las Pautas de 2012: Se dejan sin efecto las directrices restrictivas que limitaban la patentabilidad de invenciones como polimorfos, sales, ésteres, formulaciones y segundos usos.

✅ Evaluación caso por caso: El INPI recupera la facultad exclusiva de evaluar las solicitudes aplicando únicamente los criterios generales de la Ley de Patentes N° 24.481: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

✅ Alineación internacional: El Gobierno fundamenta esta decisión en la necesidad de armonizar el sistema argentino con los estándares del Acuerdo ADPIC y facilitar el acceso a innovaciones terapéuticas.

✅ Continuidad de productos existentes: Se establece que, para patentes concedidas bajo este nuevo esquema que cubran productos ya comercializados en el país por terceros, los titulares no podrán impedir la continuación de dicha comercialización ni exigir retribuciones retroactivas.

Esta actualización normativa representa un avance significativo hacia la modernización y la seguridad jurídica del sistema de patentes en Argentina. Dada la relevancia de estos cambios, recomendamos a los titulares de derechos y solicitantes realizar una revisión estratégica de sus carteras de patentes, especialmente en los sectores farmacéutico y agroquímico.

Nuestro equipo de especialistas en Propiedad Intelectual se encuentra a su entera disposición para analizar el impacto de esta resolución en sus trámites vigentes y futuras solicitudes.