El INPI simplifica la inscripción de transferencias de derechos de Propiedad Industrial mediante la Resolución 162/2026
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) ha dictado la Resolución N.º 162/2026, mediante la cual aprueba un nuevo Reglamento para la Toma de Razón de Transferencias de Dominio y Cambios de Rubro, incorporando importantes simplificaciones para los titulares de derechos de propiedad industrial.
Entre las modificaciones más relevantes, la nueva normativa establece que ya no será exigible la apostilla ni la legalización consular de los documentos de cesión y de acreditación de personería otorgados en el extranjero para su presentación ante el INPI. Esta medida reduce costos, elimina formalidades innecesarias y agiliza significativamente los trámites de inscripción de transferencias.
No obstante, la documentación redactada en idioma extranjero deberá continuar acompañándose de su correspondiente traducción al español realizada por Traductor Público matriculado en la República Argentina, requisito que se mantiene vigente para su validez ante el organismo.
La Resolución 162/2026 se enmarca en un proceso de modernización y simplificación administrativa que busca facilitar la gestión de marcas, patentes, modelos y diseños industriales, tanto para titulares locales como extranjeros.
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